Uno de los elementos fundamentales del branding de una compañía es su dirección en Internet. Elegir bien el nombre del dominio marcará positivamente la imagen que los internautas tienen de nuestra empresa y la facilidad con la que accederán a sus productos y servicios en la Red. Así que es importante pararse a plantear las cuestiones más habituales en el registro de un dominio, recogidas por Hostalia.
1. ¿Qué caracteres están permitidos? A la hora de registrar un nombre de dominio, este puede estar formado por letras –da igual que sean mayúsculas o minúsculas porque para su registro es el mismo caracter– y números, hasta una longitud máxima de 63 caracteres. Los símbolos permitidos son el guion medio y, en el caso español, caracteres propios de la lengua como la “ñ” o letras con tilde.
2. ¿Hay que cumplir algún requisito para registrar un dominio “.org”? Aunque esta extensión hace referencia a la palabra “organización”, hoy en día es una extensión de libre registro que no requiere de ningún requisito. La mayoría de las veces, este dominio lo usan las asociaciones sin ánimo de lucro y las ONG.
3. ¿Quién puede registrar un dominio “.eu”? Para registrar un dominio con esta extensión se debe cumplir alguna de las siguientes premisas: que la empresa tenga su domicilio social, administración central o centro de actividad en la Unión Europea; que se trate de una organización establecida en la UE, o que se trate de una persona física residente en la UE.
4. ¿Existe una edad mínima para registrar un nombre de dominio? Normalmente, las organizaciones que gestionan los dominios no miran la edad de quien solicita el registro, pero sí existen otro tipo de restricciones. Es el caso de los dominios “.xxx”, donde no se habla de una edad mínima para su registro, pero sí se indica que la persona debe ser una empresa/web del sector de entretenimiento adulto. También lo puede solicitar cualquier empresa ajena a ese sector con el objetivo de proteger su marca.
5. ¿Pueden quitarme mi dominio porque se parece mucho a otro? Con carácter general, el sistema de nombres de dominio se rige por el principio de “First come, first served”, es decir, el primero que lo solicita se lo queda. Sin embargo, en 1999 el ICANN aprobó una política de resolución de controversias en materia de registro de dominios, según la cual se puede retirar un nombre de dominio si es idéntico o similar hasta el punto de crear confusión con respecto a una marca sobre la que se tiene derechos; si la empresa o persona que registró el dominio no tiene derechos legítimos respecto al nombre, y si el nombre del dominio registrado se está utilizando de mala fe.
6. ¿Puedo recuperar un dominio que no he renovado y ha vencido? Una vez que caduca tu dominio, lo mejor es ponerse en contacto con nuestro registrador para que nos informe del estado en que se encuentra. Lo habitual es que existan unos días de plazo adicional para poder renovarlo antes de que lo haga otra empresa o persona. Para evitar estos olvidos, podemos optar por la renovación de nuestro dominio por un periodo de hasta 10 años, ya que al perder un dominio se compromete toda la presencia en internet de nuestra empresa al dejar de funcionar tanto la web como los correos electrónicos asociados al mismo.
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