La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia del Juzgado número 61 de Primera Instancia que declaraba “ilegales todos los servicios prestados a través del prefijo 906 y que deberían haberse ofrecido a través del 903”.
Según informó en un comunicado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que presentó la demanda en 2001, dicha sentencia, de julio de 2004, establecía la responsabilidad de los operadores denunciados, Telefónica y Lince (hoy Uni2), y ordenaba devolver el importe de las llamadas cobradas.
La primera sentencia extendía las medidas a todos los usuarios que pudieran acreditar haber realizado llamadas a estos números ilegales, aunque no estuvieran incluidos en la demanda, así como a los afectados que se conectaron a Internet a través de estos números.
Los usuarios denunciaban que la compañía los había rastreado incluso cuando usaban el modo privado…
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