El canon digital no cuenta con la aprobación de Luxemburgo. La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Verica Trstenjak, ha emitido un dictamen que pone de manifiesto la ilegalidad de cobrar de forma indiscriminada una tasa a todos los equipos cuando estos puede que no se usen para hacer copias privadas.
El escrito califica de “no compatible” la normativa nacional con la comunitaria por esta razón e insta a que el canon sea “reajustado”. Según el TUE, sólo debería aplicarse en dispositivos destinados a las copias y no se puede cobrar a empresas y profesionales que usen estos para otros fines.
Además, según Trstenjak, “ha de existir una relación suficientemente estrecha entre el uso del derecho y la correspondiente compensación económica por copia privada”, informa Europa Press.
El Tribunal ha emitido sus conclusiones (no vinculantes) tras el litigio de la SGAE con la empresa Padawan, vendedora de consumibles y reproductores MP3, a quien la entidad de autores le reclamaba el pago de una cantidad total por sus dispositivos de almacenamiento vendidos entre 2002 y 2004, cuando el canon ni siquiera existía. El caso pasó de la Audiencia Provincial de Barcelona al Tribunal de Justicia, quien consultó a este último para tomar una decisión.
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