Un estudio demuestra la poca o casi nula implantación de sistemas de cifrado en las empresas. La encuesta, realizada por el Instuituto Ponemon y patrocinado por PGP Corp, desvela que sólo un 4,2 por ciento de las compañías que respondieron disponen de un plan de cifrado corporativo.
La falta de uso de cifrado según revela el estudio realizado viene dada en un 69 por ciento por una preocupación del funcionamiento del sistema, en un 44 por ciento por su complejidad y en un 25 por ciento por el coste. Estos datos contrastan sin embargo con la impresión recibida de los profesionales entrevistados, que consideran un sistema de cifrado como una herramienta muy importante para la seguridad de sus empresas.
Este mismo estudio revela que las pautas de comportamiento ante la necesidad del cifrado se ven más agudizadas, según los entrevistados, ante determinadas acciones, como el envío de información sensible mediante medios electrónicos (con un 47 por ciento), un 31 por ciento cifra los datos sobre los dispositivos como servidores, ordenadores portátiles, etc. mientras que un 24 por ciento cifran las copias de seguridad antes de su almacenamiento.
Las principales razones esgrimidas por los entrevistados para cifrar los datos son prevenir la posible fuga de datos con un 55 por ciento, proteger la imagen de marca un 40 por ciento y estar en conformidad con la ley Sarbanes-Oxley un 29 por ciento. Como se ve al mencionar la ley Sarbanes-Oxley este estudio está realizado en el ámbito de los Estados Unidos, si bien puede ser extrapolable a Europa.
La conciencia del cifrado, según mi experiencia personal en Hispasec, tiene un escollo importante entre los órganos de dirección que lo ven como algo complejo y que puede complicarles el trabajo diario. Algo que no es real, ya que con unas pocas horas de formación podrían aprender a transmitir sus informaciones por medios seguros.
A finales de julio de 2002, el congreso de los Estados Unidos y el presidente Bush aprobaron la “Sarbanes-Oxley Act of 2002”. Esta ley, que afecta a todas las empresas y corporaciones que coticen en los Estados Unidos, obliga al cumplimiento de una serie de disposiciones financieras y contables, con el objeto de ofrecer una mayor protección para el inversionista. El acta, implica no sólo a las compañías locales americanas, sino también a las empresas extranjeras que emitan valores en los mercados estadounidenses.
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