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Internet, la nueva garganta profunda

Hasta hace unos años, los casos de corrupción a más alta escala solían destaparse por unos teléfonos que se pinchaban, unos documentos que se traspapelaban o unas bolsas de basura llenas de billetes que aparecían escondidas en los armarios. Aunque todo eso continúa a la orden del día, Internet ha irrumpido como uno de los lugares más propicios para encontrar pruebas inculpatorias.

El Caso Noós es tal vez el mejor ejemplo de las múltiples huellas que la corrupción puede dejar en una cuenta de correo electrónico. Guardados en un disco duro de 500 gigas, Diego Torres, el ex socio de Iñaki Urdangarin, conserva numerosos e-mails comprometedores que se intercambió durante años con el duque de Palma, de los que apenas unos 70 han sido entregados al juez que instruye el caso y filtrados a la prensa.

Este ejemplo no es, ni mucho menos, el único. Numerosos apéndices del Caso Gürtel se han destapado a través de correos electrónicos. Por ejemplo, que Francisco Correa pudo pagar a Interglobo dos celebraciones de cumpleaños en casa de la ministra Ana Mato. O que el festival Summercase de 2006 en Boadilla del Monte pudo ser diseñado por empresas implicadas en la trama.

Pero lo último que se ha sabido respecto al Caso Noós es que los abogados de Urdangarin han pedido la impugnación de los correos aportados por Torres, al entender que incurren en un delito de revelación de secretos. En este sentido, conviene destacar que las pruebas aportadas en un juicio pueden declararse nulas si se consideran ilícitas, es decir, si para obtener dichas pruebas se ha vulnerado un derecho fundamental (normalmente, el de respeto a la intimidad o el de secreto de las comunicaciones).

En este sentido, Samuel Parra, socio de ePrivacidad, explica que “el Tribunal Constitucional viene a decir que si uno es interlocutor de la conversación no se vulnera el derecho relativo al secreto de las comunicaciones, a no ser que la conversación también esté protegida por el derecho a la intimidad”, doctrina que se está aplicando  tanto a las conversaciones telefónicas como a los mensajes de correo electrónico o SMS.

Por tanto, en el Caso Noós hay correos que sí podrían llegar a utilizarse como prueba (aunque de momento el juez José Castro no lo ha estimado necesario) y otros que no: aquellos en los que tanto el remitente como el destinatario son personas distintas a quien aporta la prueba (Diego Torres), por ejemplo, las conversaciones entre Iñaki Urdangarin y Corinna zu Sayn Wittgenstein, la amiga del Rey.

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Rubén G. López

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