Las Comunidades Autónomas suspenden en reciclaje de electrónica

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Sólo las Islas Canarias y el País Vasco han autorizado a diversos sistemas integrados de gestión para la recogida y reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

El pasado 13 de agosto entró en vigor el Real Decreto 208/2005 para la gestión y reciclaje de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), más conocido como Directiva RAEE. Esta ley establece la obligatoriedad de los productores de recoger aquellos aparatos puestos en el mercado en el momento en que lleguen al final de su vida útil para proceder a su reciclaje. Este procedimiento sólo es viable poniendo en marcha un circuito y una red de recogida, almacenaje y tratamiento que involucre a los diferentes agentes de que participan en las distintas fases que abarca. Así, es necesaria la complicidad y concienciación de consumidores, comerciantes, distribuidores, fabricantes, recicladores y administraciones.

El proceso que implica el reciclaje de los RAEE requiere una red que contemple un circuito de recogida, una logística de transporte y una red de plantas de reciclaje que configuren un engranaje que hoy en día ya está a pleno rendimiento. Ahora bien, todo este mecanismo se inicia con la recogida de los RAEE de las grandes superficies, los puntos limpios y los centros de almacenamiento diversos, a través de una red que ya se ha creado y que ya está operativa. Un primer paso que sólo es posible con la autorización de las administraciones pertinentes.

En este caso, autorizar la actuación de los Sistemas Integrados de Gestión (SIG), que son las entidades que gestionan el proceso en nombre de los productores, es competencia autonómica. Sólo las Islas Canarias y el País Vasco han dado su visto bueno, concretamente, a la Fundación ECOTIC, líder en la gestión y tratamiento de RAEE del sector de la electrónica de consumo que agrupa los principales productores y distribuidores de este sector, para que procedan a la recogida de RAEE en las Islas y la comunidad vasca.

Esta autorización resulta un trámite burocrático imprescindible para dar validez al proceso y cumplir con lo fijado por la Directiva RAEE. Sin esta autorización, los SIG se ven obligados a trabajar en un contexto de alegalidad ofrecido por las pruebas pilotos que, si bien son necesarias como fase previa para organizar el trabajo posterior, es un status que no conviene alargar de forma indefinida.

Actualmente, la Fundación ECOTIC está negociando con las distintas comunidades para llegar a un acuerdo que dé por cerrada la situación, ya que hay ciertos parámetros de la misma ley que aún no están suficientemente claros para la administración.

Las peticiones de las administraciones abarcan, desde pedir un sólo interlocutor (cuando en realidad existen nueve SIG que gestionan los RAEE clasificados en las 10 categorías establecidas por la Directiva), hasta la firma de un convenio antes de conceder la autorización, pasando por la exigencia de un aval bancario por parte de cada CCAA (cuando la Directiva no sólo no lo contempla, sino que entiende cada SIG como garantía suficiente en sí mismo por las mismas empresas que lo conforman). Otras peticiones son: pago retroactivo desde el 13 de agosto de 2005 de los residuos tratados, compensaciones económicas a los municipios, en este caso, una cantidad abusiva que duplicaría los costes actuales, etc.

Del otro lado están los SIG, que apuestan por organizarse y ahorrar costes innecesarios, compensar en aquellos casos que el tratamiento de los RAEE represente realmente un extra-coste y hacerlo sin carácter retroactivo i sólo si realmente supone un extra-coste, etc.