Limitadores de velocidad de Siemens VDO
El limitador AGB II y Pedal Interface II de Siemens VDO se adpatan a la nueva normativa.
Según la legislación existente, a partir enero de 2007, todos los vehículos de más de ocho planzas o de 3.500 kilogramos de peso matriculados a partir de octubre de 2001 estarán obligados a llevar un limitador de velocidad.
Un limitador de velocidad no es más que un dispositivo cuya función principal consiste en controlar el flujo de combustible con que se alimenta el motor con el fin de limitar la velocidad del vehículo hasta un valor especificado.
De esta forma el limitador AGB II y Pedal Interface II de Siemens VDO además de limitar la velocidad del vehículo a un valor máximo pre-programado se equipa con una limitación variable de velocidad. Es decir, que el conductor puede programar la “velocidad de corte” accionando un conmutador (por encima de los 30 km/h y por debajo de la velocidad máxima pre-programada) y de manera sencilla. Así como el Pedal Interface II a su vez es programable y adaptable para funcionar como Cruise Control (control de velocidad de crucero), y capaz de limitar velocidades “variables” y “fijas” por debajo de la limitación de velocidad adaptada.
Una de las principales ventajas es que gracias a su velocidad de crucero, se permite disfrutar de una mayor comodidad y relajación en la conducción, aparte de cumplir con toda la legislación vigente. Otra de las ventajas es que mantendremos la velocidad adecuada asegurándonos de no sobrepasar los límites de velocidad establecidos y por lo tanto reduciendo accidentes y evitando aquellos golpes no deseados.