El Ministerio de Empleo clausura la cooperativa Factoo

Regulación

Empleo argumenta que Factoo “no realiza actividad cooperativizada alguna”. Factoo asegura que tiene todas las vias legales abiertas para recurrir la decision del ministerio.

En los últimos años habían surgido en nuestro país diversas cooperativas de autónomos, la más conocida de estas es Factoo, que facturaba trabajos para terceros a cambio de una pequeña cuota.

Hoy, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha decidido descalificar a la sociedad cooperativa Fidelis Factu, S. Coop., la matriz de Factoo, por varias infracciones. El ministerio que dirige Fátima Báñez asegura que Factoo asociaba a falsos autónomos.

A cambio de un pago único de 30 euros y una comisión, Factoo ofrecía a sus asociados la gestión de la Seguridad Social, pagos trimestrales y seguros laborales, para que pudieran facturar sin ser una empresa y sin pagar la cuota mensual de autónomos, que supera los 275 euros.

Según el diario Levante, el Área de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia inició un procedimiento de descalificación contra Factoo. Lo hizo a raíz de un informe que afirmaba que los socios trabajadores de la cooperativa eran “profesionales trabajadores por cuenta propia dedicados a cualquier actividad”, según el comunicado remitido por el Ministerio de Empleo.

Asimismo, Empleo sostiene que la sociedad “no realiza actividad cooperativizada alguna”. El grueso de los afiliados se mantenían de alta durante “escasos días”, lo que indicaba una “vinculación anómala”, ya que habitualmente los trabajadores de una cooperativa tienen carácter indefinido.

Actualización:

Desde Factoo aseguran que la cooperativa puede “seguir funcionando con total normalidad, ya que la resolución dictada por el Ministerio de Empleo no implica según el artículo 116 de la Ley de Cooperativas su disolución”. Factoo tiene todas las vias legales abiertas para recurrir la decision del Ministerio, “por tanto no se puede confirmar ningun fraude”, aseguran.

Tambień señalan que el “socio trabajador mantiene una relación societaria con la cooperativa y a todos se les cursa la pertinente alta en la Seguridad Social y se les tributa en Hacienda por los servicios prestados.

La empresa Factoo no se dedica a facturar en nombre de trabajadores por cuenta propia que no se daban de alta en la Seguridad Social. El objetivo y fin ultimo de Factoo es facilitar a sus socios -fundamentalmente freelancers y personas con trabajos intermitentes que no son autonomos- el desarrollo de su actividad profesional de forma legal, segura y con las garantias, prestaciones sociales y coberturas necesarias, en condiciones laborales dignas y no con la precariedad y clandestinidad que en la mayoria de los casos se viene desarrollando, lo que rednda en el interes social de afloramiento del trabajo clandestino y la mejora de la calidad de empleo”.

Fidelis Factu, como el resto de las cooperativas de identico objeto que operan en todo el territorio nacional tienen perfecto encaje en nuestra legislación estatal y autonómica “y en ningun caso resulta contraria a derecho la circunstancias de que los socios, que la mismo tiempo son trabajadores, utilicen en benefico de su autoemplo, los servicios organizativos que la propia cooperativa les pueda ofrecer, ya sean estos de puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales o para afrontar la solucion conjunta de necesidads, cargas, formación u obligaciones laborales o administrativa que sean susceptibles de gestión compartida”.

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